Examinados los términos de la transacción, se evidencia que el beneficiario, ex trabajador, actuó personalmente asistido de abogado y la sociedad mercantil quien consigna debidamente representada a través de su apoderada judicial, tal como se patentiza de los documentos que corren insertos a los autos cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Así mismo se aprecia que el acuerdo se obtuvo en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y que la transacción se encuentra debidamente circunstanciada en cuanto a la motivación de la misma y los derechos en ella comprendidos, por lo que se acuerda concederle la Homologación a la declaración de voluntad manifestada en e presente acuerdo, y el pase en autoridad de Cosa Juzgada. Finalmente, visto que el acuerdo alcanzado a través de un proceso de Mediación y Conciliación es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; por cuanto dicha TRANSACCIÓN tiende a garantizar u.....