Este Tribunal vista la transacción hecha por las partes, de conformidad con el Articulo 133 de la Ley Orgánica de Procesal del trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden publico HOMOLOGA tal transacción, dándole efecto de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente.