y en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente ACUERDO y le da el carácter de cosa Juzgada, y verificado como ha sido el pagado, se ordena el cierre y archivo del expediente, así como su remisión al archivo Judicial en la oportunidad correspondiente. Es todo.
LA JUEZ
Abg. Delivett Zujeidy Quevedo Vázquez
EL BENEFICIARIO
Yirguis Cipriano La Rosa Arca.
EL ABOGADO ASISTENTE DEL BENEFICIARIO.
Ana Maria Tua Guerrero.
LA REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
Jorgicel Sabrina Torres Oráa.
LA SECRETARIA
Abg. Josefa Carmona