este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa Juzgada, dando por concluido el presente asunto, y ordena el archivo del expediente. Finalmente, se acuerda expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. al igual que se acuerda oficiar a la Unidad de Actos de Comunicación de este Circuito a los fines de la devolución del Cartel N° PH01CAR2012000124, librado a la demandada, por ser inoficiosa su practica. Ha concluido esta sesión, se dio lectura al acta y conformes firman los comparecientes.
La Juez
Abg. Delivett Zujeidy Quevedo Vázquez
El Ex Trabajador
Clemente Antonio Delfín
El Abogado Asistente del Ex Trabajador
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