Esta sentenciadora considera ajustada a derecho el convenimiento celebrado entre las partes en la presente causa, incoada con motivo de reclamación de Diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, toda vez, que versa sobre los derechos litigiosos o discutidos, contiene una relación circunstanciada de los hechos y derechos en ella comprendidos donde la parte accionante ha manifestado su conformidad por lo cual se procede a HOMOLOGAR la transacción celebrada entre la ciudadana YULITZABETH OSIRIS PALMA CALDERON contra TIENDAS NATHALY CA, en los términos planteados, y siendo que no quedan pagos pendientes, se procede al cierre y archivo del expediente y su remisión al archivo judicial en la oportunidad legal correspondiente. Así se decide.
La Jueza de Juicio,
Abg. Ana Gabriela Colmenares Lozada
La Secretaria,
Abg. Josefa Virginia Carmona Vargas