DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por la ciudadana LUZ MARINA ORÁA TORRES, contra FUNDACIÓN DEL NIÑO DEL MUNICIPIO PAPELÓN DEL ESTADO PORTUGUESA y la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PAPELÓN, motivo: cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales; en consecuencia, se le ordena a las codemandadas pagar a la accionante, la cantidad de SETENTA Y NUEVE MIL, CUATROCIENTOS NOVENTA BOLÍVARES, CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 79.490,51), más los intereses de mora por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por los privilegios y prerrogativas que goza la parte demandada.
TERCERO: De conformidad con el último aparte del artículo 152 de la Ley.....