DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE el recurso de nulidad intentado por la ciudadana OMAIRA OROPEZA HERNÁNDEZ, contra el AUTO de fecha 2 de marzo de 2016, dictado por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA SEDE GUANARE, en el expediente Nº 029-2016-01-00069.
Publíquese. Regístrese. Déjese copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, sellado y firmado en el Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, a los diecisiete (17) días de enero de dos mil diecisiete (2017).
El Juez de Juicio
Abg. Rafael Ignacio Gainze M.....