DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por Reclamación de Prestaciones Sociales interpuesta por la ciudadana MORELA DE LA CRUZ AVILAN NORIA, contra el INSTITUTO REGIONAL DE LA VIVIENDA DEL ESTADO PORTUGUESA, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo, en virtud de que la actora es una trabajadora profesional no dependiente, que tuvo razones de derecho para acudir a plantear el reclamo ante el órgano jurisdiccional.
Publíquese. Regístrese. Déjese Copias Certificadas de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil,
Dado, sellado y firmado en la Sala de Audiencias, del Juzgado Primero de Primera Instancia de Jui.....