DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de La Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO y en consecuencia terminado el procedimiento de AMPARO CONSTITUCIONAL incoado por la presunta agraviada SERVICIOS ESPECIALES LA CORTEZA, C.A.
SEGUNDO: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO formulado por la presunta agraviada SERVICIOS ESPECIALES LA CORTEZA, C.A representada por el ciudadano GARCIA ELADIO en su carácter de vicepresidente de la misma, debidamente representado por la abogada ROSARIO PÉREZ de la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida en contra de las actuaciones proferidas por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del estado Portuguesa con sede en Acarigua.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artí.....