DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 06 de diciembre del año 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, sede Acarigua.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas del recurso de apelación.
TERCERO: Se declara SIN LUGAR la demanda y se condena en costas a la parte demandante.