Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el FÉLIX ANTONIO AZUAJE DAVID, en su condición de parte actora en la presente causa, asistido por el abogado MANUEL JAEN BARRETO, contra la sentencia de fecha 25/06/2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare.
SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE la decisión de fecha 25/06/2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS del recurso de apelación interpuesto, por la naturaleza del fallo.