DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE DESESTIMA, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano abogado GUALBERTO ANTONIO MORA LOPEZ, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada ROSI INFRAESTRUCTURA CULTURALES, C.A., contra auto de fecha diecisiete de julio de dos mil quince (17/07/2015), dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Acarigua; de conformidad con lo establecido en el articulo 357 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión analógica del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: DE OFICIO SE ANULAN, los autos de fecha diecisiete y veinte de julio.....