DISPOSITIVO
Este Tribunal Superior Primero del Trabajo del estado Portuguesa, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada empresa MAKRO COMERCIALIZADORA S.A., contra la decisión de fecha 14 de marzo del año 2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo con sede Acarigua.
SEGUNDO: ANULA, la decisión de fecha 14 de marzo del año 2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo con sede Acarigua y SE REPONE la causa al estado de que se celebre la audiencia preliminar, por las razones antes expuestas.
TERCERO: Remitir el presente expediente a la UNIDAD DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS .....