Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada JORGICEL SABRINA TORRES ORAA, en su condición de apoderada judicial de la parte actora ciudadano JULIO RAMÓN PÉREZ APONTE contra la sentencia de fecha 14 de junio del año 2010 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Guanare, fundamentado en la presente audiencia por la abogada JENNY FERNANDA ENRIQUEZ SALAZAR.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión de fecha 14 de junio del año 2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Guanare.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, a la part.....