DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, interpuesto por el ciudadano JESUS EDUARDO UZCATEGUI FLORES actuando en su condición de presidente de la empresa demandada LA MOROCOTA PANADERÍA Y PASTELERÍA, C.A debidamente asistido por la abogada CARMEN MARIA BERMUDEZ en contra de la decisión de fecha 12/06/2007 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
SEGUNDO: Se condena en costas del recurso a la parte demandada-apelante.