Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado ANGEL MIGUEL LOPEZ ORAA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.- 122.754, en su carácter Apoderado Judicial de la demandada-recurrente FUNDACION REGIONAL NIÑO SIMON DEL ESTADO PORTUGUESA, contra la sentencia de fecha 07 de marzo del año 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo con sede en Guanare.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión de fecha 07 de marzo del año 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo con sede en Guanare.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, por los privilegios y prerrogativas que goza el organismo demandado.