En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en sede constitucional, en concordancia con el Principio del Debido Proceso establecido en nuestra carta política (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) y con el fin supremo de garantizar así el derecho de todos los justiciable a ser tutelados efectivamente por sus jueces naturales, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: El CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA y, de manera oficiosa, solicita la Regulación de la Competencia.
SEGUNDO: SE ORDENA la remisión del presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a los fines que resuelva el conflicto de competencia suscitado, de conformidad con lo previsto en la sentencia Nro.- 1238, de fecha 26/11/2010, emanada de dicha Sala, ya que el presente expediente fue remitido al Juzgado.....