Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ LUÍS RODRIGUEZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada-recurrente ACC. C.A., CORRETAJE DE SEGUROS, en la presente causa contra el auto de fecha 13 de enero del año 2010, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua.
SEGUNDO: HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.