DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogado LUIS ENRIQUE FERNÁNDEZ LEÓN, obrando como apoderado judicial de los codemandantes ciudadanos VALERIO ALVARADO, EMELIDES MUÑOZ, DOUGLAS DÍAZ, JOSÉ ALEJANDRO LINAREZ, SIXTO LINAREZ, RONALD BRICEÑO, PABLO MORALES, JUAN CRUCES MILÁN, ABUNDIO MILÁN y ARGENIS PARRA contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con sede en Acarigua en fecha 23 de octubre del año 2007.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por cuanto los trabajadores no devengaban más de tres salarios mínimos.