Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el abogado OSCAR CHAVEZ, en su condición de apoderado judicial de las partes demandantes-recurrentes contra sentencia de fecha 12 de mayo del año 2011, dictada por este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua.
SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS a las partes demandantes-recurrentes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.