DISPOSITIVO
En atención a las consideraciones antes expuestas esta juzgadora, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional intentada por el abogado WINSTON CONTRERAS actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa SERENOS LOS CEDROS C.A contra las actuaciones dictadas por EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA CON SEDE EN ACARIGUA en la causa signada con los números y siglas PP21-L-2007-000010 refiriéndose específicamente según el decir del accionante en amparo "contra la sentencia dictada en fecha 17 de septiembre del año 2007 y las actuaciones realizadas con anterioridad y después de dictada la misma" con fundamento en lo dispuesto en el numeral 5° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.