Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación de fecha 12 de abril del año 2004, formulada por la abogado TANIA GIL, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadano HECTOR RAMON TORRES, contra decisión de fecha 08 de Marzo de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, tal como se señalo en la motiva.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha 08 de marzo de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa con sede en Guanare, que declaró SIN LUGAR la solicitud de calificación de despido, Reenganche y pago de salarios caídos que intentara el ciudadano Héctor Ramón Torres cont.....