DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
Vista la diligencia consignada por la parte actora, ciudadanos YORWIN JESUS PASTRAN CAMACARO, YORDAN JOSE PASTRAN CAMACARO y JOSE ALCIDES RIVERO, debidamente asistidos por la abogada XIOMARA RODRIGUEZ, todos arriba identificados, mediante la cual desisten del procedimiento en contra del demandado ciudadano: FRANCISCO JOSE MUSETT MUSETT. Siendo así las cosas, pasa esta juzgadora a pronunciarse sobre la homologación del desistimiento planteado en los siguientes términos:
El desistimiento como forma de auto composición procesal tiene como principal consecuencia la terminación del proceso, y es un acto propio del demandante que conforme al artículo 263 del Código de Procedimiento Civil puede efectuarse en cualquier estado y grado de la causa, vista la capacidad que posee éste de disponer del objeto sobre la cual versa la controversia.
Ahora bien, siguiendo la disposición legal aplicada en forma análoga, quien suscribe en el presente caso observa que.....