En conclusión, este Juzgado 1ero de Juicio Laboral en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano JOSE ALTUVE LOPEZ contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS PORTUGUESA R.L., por cobro de prestaciones sociales.