DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción incoada por los ciudadanos LEONARDO JOSÉ SIMANCA ACOSTA y ADOLFO RAMÓN LARA, titulares de las cédulas de identidad N ° 17.795.251 y 9.563.276, respectivamente, en contra de ENRIQUE RAMON ALVARADO, titular de la cédula de identidad N ° 1.120.368.
SEGUNDO: Se condena al accionado ENRIQUE RAMON ALVARADO, titular de la cédula de identidad N ° 1.120.368 a cancelar a los ciudadanos LEONARDO JOSÉ SIMANCA ACOSTA y ADOLFO RAMÓN LARA, titulares de las cédulas de identidad N ° 17.795.251 y 9.563.276, la cantidad de TREINTA MIL CINCUENTA Y SIETE BOLÍVARES CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 30.057,47) y de TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CUARE.....