DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la FALTA DE CUALIDAD OPUESTA por la demandada ALMACENADORA ASOPORTUGUESA III, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, bajo el Nº 23, TOMO 156-A, en fecha 29 -10-2004.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano LUIS R. COLOMBO M., titular de la cédula de identidad Nº 10.143.602.