Visto que en fecha 07 de abril de 2006, en la sede de este Tribunal, comparecieron, el ciudadano MAIKER FRIAS, parte demandante en el presente asunto, asistido por el abogado en ejercicio EDGAR ANTONIO CARRIZO, y por la otra parte, el apoderado Judicial del INCE, abogado AREVALO UZCATEGUI, identificados en autos, quien éste último consignó la cantidad de dos millones de bolívares (Bs. 2.000.000,oo) en cheque signado con el número 12391870, girado en contra de la cuenta corriente del INCE PORTUGUESA, Número de Cuenta 1115004824, del Banco Mercantil, a favor del ciudadano MAIKER JOSÈ FRIAS, por los conceptos de Antigüedad, Utilidades de los años 2001 al 2004, vacaciones de 2002 al 2004, Bonificación de fin de año, e indemnización por despido injustificado, cubriendo así los montos demandados, monto recibido en esa misma fecha por el ciudadano actor, en consecuencia, este Juzgador HOMOLOGA el presente Acuerdo transaccional, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 253 y 258 de l.....