DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por los ciudadanos MARLENE FIGUEROA, RAFAEL SILVINO MAJANO, ANTONIO SANTANA, MIGUEL VASQUEZ, JOSE SILVERIO HERNANDEZ, RODRIGO ASTUDILLO, VALERIO ANTONIO MOTA, AQUILINO ANTONIO OROZCO, titulares de la cedula de identidad Nº 9.563251, 9.569.185, 11.077.439, 15.491.072, 8.055.951, 24.653.358, 4.196.386 y 1.127.525 respectivamente, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO PAEZ DEL ESTADO PORTGUESA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de la Procuraduría General del la República.
TERCERO: En atención a los privilegios procesales que tiene el ente municipal demandado se ordena notificar al Sindico Procurador Municipal d.....