Hoy, 01 de junio de 2006, siendo las 9:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en la presente causa, el ciudadano Alguacil anunció el inicio del acto en la Sala de Espera de este Circuito Judicial, encontrándose presente el abogado José Villanueva Urdaneta, apoderado judicial de la demandada AGROPECUARIA PASCUA C.A., haciendo constar, este Tribunal, que no compareció la parte demandante, ciudadano Saul Manuel Guevara Escalona, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Como consecuencia de lo anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.