Examinados los términos de la transacción, se evidencia que se encuentra presente el apoderado judicial del ex trabajador demandante, debidamente facultado para este acto; igualmente se encuentra presente la apoderada judicial de la demandada cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia legal debida en el proceso. Así mismo, se aprecia que en el acuerdo se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, que la transacción se encuentra debidamente circunstanciada en cuanto a su motivación y los derechos en ella comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad manifestada en el presente acuerdo, y el pase en autoridad de cosa juzgada. Finalmente, visto que el acuerdo alcanzado a través de un proceso de Mediación, es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes, por cuanto la TRANSACCIÓN tiende a garantizar una armoniosa resolución de las controversias y a reestablecer el equilibrio ju.....