Por consiguiente, con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Laboral del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: La perención de la Instancia y en consecuencia extinguido el procedimiento, en la causa presentado por la abogada JOSDALYS PEREZ, titular de la cédulas de identidad Nº 21.022.900 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº, 250.875 en su condición de apoderada judicial de la parte demandante ciudadana RAMONA COROMOTO PÉREZ LEÓN, titular de la cédula de identidad Nº 12.647.575, contra la ciudadana YENNY J. RIVAS por motivo Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.
Segundo: No hay condenatoria en costas.
Tercero: Déjense transcurrir los lapsos para interponer los recursos de Ley, y una vez vencido los mi.....