Hoy, 06 de octubre de 2005, día y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el ciudadano Alguacil anunció el inicio del acto en la Sala de Espera de este Circuito Judicial, verificándose la comparecencia de las abogadas Anyis Daiyan Peña Hidalgo y Jenny Fernanda Enriquez Salazar apoderadas judiciales de la parte demandada Fabrica de Pastas Alimenticias Rosana C.A. (FAPARCA), haciendo constar que no se encuentra presente la parte demandante, ciudadanos Pierina Bravo Ochoa, Pedro José Bravo Ochoa y Emilia Rosa Ochoa de Bravo, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.