Por consiguiente, con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Laboral del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: La Perención de la Instancia y en consecuencia extinguido el proceso en la causa seguida por el ciudadano Luís Arcángel Camargo Pernía, contra MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRA, por concepto de Beneficio de la jubilación y pago de pensiones insolutas.
Segundo: No hay condenatoria en costas.
Tercero: Déjense transcurrir los lapsos para oír los recursos de Ley, y una vez vencido los mismos, sin que las partes hayan ejercido alguno contra esta sentencia, se ordena la remisión del presente expediente al archivo judicial.-
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, .....