Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, condena a la parte demandada, los ciudadanos LUIS DESDERIO PESTANA y ANA MARIA DE FARIA DE PESTANA, y la sociedad mercantil PANADERIA CAFETERIA Y DELICATESES VILLA OESTE C.A., a pagar al demandante, ciudadano WILMER RAFAEL ESCALONA PEREZ, los conceptos y montos señalados, que suman SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON CATORCE CENTIMOS (Bs. Bs. 76.734,14), mas los intereses de mora y la corrección monetaria tal y como fue condenado.
Se condena en costa a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En Guanare, estado Portuguesa, a los veintitrés días del mes de enero de dos mil quince. Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,
Abg. C.....