PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1.- Se declara la Perención de la Instancia, en la presente causa, por inactividad procesal de la parte demandante: IDALME ALEJANDRA SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 21.057.919, quien ni por si ni por medio de apoderado judicial, o representante del Ministerio Público o Defensoria Pública, se ha impulsado el proceso a los fines de que se practique la Citación tal como lo establece el artículo 267 ordinal 01 del Código de Procedimiento Civil, como consecuencia de ello queda extinguida la instancia, de conformidad al artículo 269 ejusdem. No hay condenatoria a costas de conformidad a lo establecido en el artículo 283 íd.....