Este Tribunal en aras de salvaguardar el Interés Superior de Niño, y así como el de garantizar los derechos y principios constitucionales entre ellos los artículos 78, 76 en su segundo aparte los cuales establecen: Articulo 78 "...Los Niños, Niñas y Adolescente son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetaran, garantizaran y desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República. El Estado, las familias y la sociedad aseguraran, con prioridad absoluta, protección integral, para lo cual se tomará en cuenta su interés superior en las decisiones y acciones que les conciernas. El estado promoverá su incorporación progresiva a la ciudadanía activa y creará un sistema rector nacional para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes..." Articulo 76 (segundo aparte.....