DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LEWDY CAROLINA URQUIOLA TORREALBA y ARNOLDO RAMÓN TORRES CASTELLANOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad números V-17.882.353 y V-6.243.221, respectivamente, domiciliados la primera de los nombrados en la Avenida Rotaria, Residencia Lara Piso, Apartamento 1-3, del Municipio Páez del estado Portuguesa y el segundo en la Urbanización Desarrollo Camburito, Calle N° 8, Casa C9-15, del Municipio Araure del estado Portuguesa, NANCY JOSEFINA VALBUENA DE TORREALBA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.804., de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa d.....