DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos YREINA DEL ROSARIO GIMÉNEZ y PRIMITIVO SEGUNDO VARGAS, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-6.575.292 y V-2.911.884, respectivamente, domiciliados en el Cerrito II, calle 3 diagonal a Mercal, casa S/N°, Araure, municipio Araure del estado Portuguesa y en la Urbanización Nueva Venezuela, manzana A, lote A, casa N° 8, Acarigua, municipio Páez del estado Portuguesa, en el mismo orden, asistidos por la abogada YURI GARCÍA CABRILE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.446, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del.....