DECISIÓN
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la defensa opuesta por la parte demandada, en lo que se refiere a que en la presente causa operó la PRESCRIPCION DE LA ACCION. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN seguida por la Sociedad Mercantil "LAS PLUMAS Y ASOCIADOS, C.A.", en contra del ciudadano JOSE NAPOLEON ROMERO CORTES, ambas partes suficientemente identificadas ut-supra.
Se condena en costas a la parte demandante por haber vencimiento total de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la .....