Por las razones expuestas y sus fundamentos de derecho, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN LEGAL DE CUERPOS, que rige entre los ciudadanos WILLIAN ALEJANDRO TERÁN y EVERLYN ADRIANA COLMENAREZ GALEO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-14.600.848 y V-16.043.943, respectivamente, debidamente asistidos por la Profesional del Derecho Abogada YOHANA CAROLINA VILLARRAGA PÉREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.964.581, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 137.356, en virtud del matrimonio contraído por ellos ante el Registro Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa, en fecha 24 de Diciembre de 2005, según Acta de Matrimonio N° 392. Ofíciese lo conducente una vez quede firme el presente fallo.
En consecuencia, declarada como ha sido la Sep.....