Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes, para asegurarle al ciudadano: ALBERTO ANTONIO HEREDIA CAMACARO, el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías construidas por un galpón y se le otorga Titulo Supletorio sobre las Bienhechurías (Un Galpón) antes descrito, quedando a salvo los derechos de terceros, dicho solicitante presento: Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal con Fin Habitacional, Cedula Catastral, Plano de Mensura, expedidas de la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turèn Estado Portuguesa, Constancia de Residencia, expedida por el Consejo Comunal Comunitario Patio Grande, copias fotost.....