DISPOSITIVA
Por lo tanto en base a la consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE INMUEBLE, intentada por el ciudadano: CESAR DE JESUS NUÑEZ, antes identificado, asistido por el Abogado NELSON MARIN PEREZ, en su carácter de propietario (Arrendador) del inmueble (constituido por un local comercial que se distingue con el Nº 6) situado en la Avenida Libertador, frente a la Escuela Técnica Granja Ospino de esta población del Estado Portuguesa, en contra de la ciudadana OLIVIA ALVAREZ, plenamente identificada en autos. En consecuencia se ordena:
Primero: El Desalojo del inmueble antes identificado y entregado a su propietario totalmente libre de personas y bienes, así como en buen estado de conservación con las respectivas solvencias de servic.....