DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos: EMILIO RAMON COLMENAREZ Y MARIA ELENA YEPEZ SOTO, venezolanos, mayores de edad, casados, ambos domiciliados el primero en la Calle Principal del Barrio 8 de Marzo, casa S/N, Municipio Ospino Estado Portuguesa, y la segunda en la Calle dos, del Barrio 8 de Marzo, casa S/N, Municipio Ospino Estado Portuguesa y titulares de las cédulas de identidad V 4.195.902 y V 9.406.004, respectivamente y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, el 14 de Enero de 1974, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Ospino, Estado Portuguesa, según acta N° 04.