DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este JUZGADO DEL MUNICIPIO OSPINO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA intentada por la ciudadana YENNY PEREZ, actuando en representación de sus menores hijas YEISMAR CAROLINA, YENERY KARINA Y YORGELIS CARLINA. En consecuencia este Tribunal condena al ciudadano JUAN BAUTISTA CAMACARO, antes identificado a pagar por concepto de OBLIGACION ALIMENTARIA la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs.100.000,oo) lo que corresponde a VEINTICINCO MIL BOLIVARES SEMANALES (Bs.25.000,oo), y el doble de la obligación alimentaria, es decir, la cantidad de DOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,oo)en los meses de Agosto y Diciembre, a los fines de colaborar con los gastos de útiles escolares, y vestuarios, igualmente deberán ayudar con los gastos médicos y medicinas cuando las niñas así.....