El tribunal vista la anterior Trnasacción, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su homologación de conformidad con el articulo 256 del Código de Procedimineto Civil, se da por terminado el juicio, y se ordena el archivo del expediente.
Registrese, públiquese y déjese copias certificadas.
dado, sellado, firmado y refrendado en la Sala del Despacho del Juzgado Primero del Munici´pio Páez, en Acarigua, a los diecinueve (19) días del mes de de Marzo de Dos Mil Siete.
La Juez Titular,
Abg. Julia Yanexy Quero Moyetones.
La Secretaria Acc,.
T.S.U.Ruthzarky Y. Escalona Peredo
Exp.Nro. 4956
JYQM/ruthzarky