En razón de las consideraciones antes expuestas, este juzgado Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR LA PRETENSION DE DESALOJO DE INMUEBLE, intentada por la profesional del derecho abogado MARIA GONZALA MARTINEZ BARRIOS, en contra de la ciudadana CARMEN DIOSELINA MIRENA CAMPOS, en consecuencia, debe la parte demandada proceder a la entrega material del inmueble objeto de la demanda, libre de personas y bienes muebles.
Segundo: Se condena el pago de las pensiones insolutas, demandadas a razón de CIENTO VEINTE Mil Bolívares (Bs. 120.000,oo) mensuales cada una, para dar un total a cancelar de UN MILLON TRESCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 1.320.000,00), correspondiente a los meses que van desde el mes de Noviembre de 2005 hasta el mes de Septiembre de 2006, mas los que se sigan venciendo hasta la desocupación del inmueble.
Tercero: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado .....