Por las razones expuestas y sus fundamentos, este Juzgado Segundo Del Municipio Páez Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS, que rige entre los ciudadanos:: : YERALDIN JOHANA PRINCIPAL RIVERO Y JUAN JOSE RODRIGUEZ TORREALBA,, arriba identificados, en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los unía en matrimonio por ante la Registradora Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa, en fecha 15 de Diciembre de 2010. En virtud de haber sido declarada la separación de cuerpos en Divorcio queda extinguida la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y déjense las copias correspondientes.
Dictada, Sellada, Firmada y Refrendada en la Sala de Despacho de este Tribunal en Acarigua, a los veinticuatro días del mes de Marzo de dos mil catorce.- Años: 203º de la Independencia y 154º.....