Este Tribunal antes de resolver observa:
Se evidencia de autos que existe un juicio seguido por la ciudadana JOSEFINA CASTILLO ONEGAS ( plenamente identificada supra) de igual forma se observa la transacción celebrada entre las partes, en tal sentido quien aquí decide en fiel acatamiento a la disposición legal contenida en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto considera lleno los extremos de la Ley para homologar la respectiva Transacción es que se procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley a HOMOLOGAR la TRANSACCION, en la presente causa en la forma como ha sido planteada. Archivese el expediente una vez que las partes así lo soliciten