DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara CON LUGAR la demanda que por Desalojo de Inmueble INMOBILIARIA MAYUPER C.A., representada por el abogado JESUS MANUEL FIGUERA YUMAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.072.090, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.052, en su carácter de Directo Gerente, contra DENNYS RUTH BANKS GUILARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.407.351. Y así se decide.
- Que le sea entregado el inmueble al demandante libre de personas y cosas, en las condiciones de perfectas habitabilidad, ubicado la Urbanización Conjunto Residencial San Francisco, calle 4, entre Av. 8 y 9, N° 146, de esta ciudad de Guanare, alinderado de la siguiente manera: NORTE: con parce.....