DECISION
Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial de Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la acción de Desalojo de Inmueble, intentada por la ciudadana Lidiam Elixama Hidalgo de Briceño, a través de su apoderado judicial, Abogado Manuel Atahualpa Jaen Barreto, contra el ciudadano Ibrahin Nedjme Sánchez, sobre un inmueble constituido por un local comercial ( taller mecánico ), ubicado en la carrera 10 entre calles 12 y 13, del Barrio "La Arenosa" de la ciudad de Guanare del Estado Portuguesa.
Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, de conformidad a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero del Municipio Guanare del.....